jueves, 25 de septiembre de 2014

Llamamiento urgente a frenar la transferencia étnica forzosa de la población beduina palestina

25/9/2014.- La Comisión Nacional en Contra del Muro y los Asentamientos y el Centro de Asistencia Legal y Derechos Humanos JLAC hacen un llamado urgente a las autoridades israelíes, la comunidad internacional y todas las autoridades competentes a frenar de forma inmediata y permanente la transferencia étnica forzosa de beduinos palestinos.

Denunciamos que la población beduina palestina enfrenta una campaña premeditada como parte de una estrategia de limpieza étnica y anexión ilegal de tierras. Ésta pretende expropiarles su identidad y forma de vida ancestral a través de reasentarlos en una serie de “pueblos” de concentración, forzando la urbanización de su estilo de vida y privándolos de sus medios de vida tradicionales.


Las autoridades israelíes recientemente publicaron seis planes que serán implementados en un futuro próximo. Consisten en la transferencia étnica forzosa de beduinos palestinos desde sus comunidades ubicadas en los alrededores de Jerusalén, Ramallah y Jericó, hacia un área adyacente de Jericó, conocida como el área de Nuwei’mah, donde habitan numerosas familias beduinas. Señalamos que esto representa una grave violación del derecho internacional, el cual prohíbe la transferencia forzosa de “personas protegidas”, como es el caso de estas comunidades. Exceptuando en caso de que se haga por su propia seguridad o por una necesidad militar urgente, incluso en estos casos sólo es permisible de forma temporal. Ambas excepciones no son aplicables en este caso.

El Plan Maestro Nuwei’mah, que incluye los planes de Rashayda Oeste (1417-1, 1417-2, 1417-3), Rashayda Este (1418, 1418-1) y Abu Zheman (1419) delimitan un área insuficiente para la reubicación de un número de población beduina aún no determinado. El área descrita queda comprimida entre el asentamiento ilegal de Yitav, una base militar, un puesto de control militar y el área urbana de Jericó. Esto representa un riesgo de sobre población y hacinamiento, enfrentamientos con colonos y las fuerzas israelíes, así como la falta de espacio para el pastoreo, exponiendo a la población beduina como mano de obra barata para los asentamientos israelíes.

Alertamos del riesgo de la proximidad de estos “pueblos de concentración” a los límites de Jericó en área A, esto absolvería potencialmente a Israel de su responsabilidad de garantizar las necesidades y servicios básicos para la población beduina palestina transferida a esta área.

Los beduinos palestinos refugiados comprenden el sector más pobre de la población, muchos de ellos habitan en comunidades no reconocidas, por lo tanto carecen de servicios básicos como electricidad, agua y saneamiento, educación y asistencia sanitaria. Continuamente enfrentan demoliciones de cualquier infraestructura sólida que construyan, incluyendo demoliciones y confiscación de infraestructura financiada por donantes internacionales. Al igual que el resto de la población palestina que vive bajo la ocupación, enfrentan órdenes de desalojo y demoliciones y sus comunidades son clasificadas arbitrariamente como áreas militares y de tiro y más recientemente en proyectos de desarrollo urbanístico como es el caso del Plan E-1.

El coordinador de la Unidad Israelí de Actividades de Gobierno en el Territorio Ocupado COGAT, subordinada al Ministerio de Defensa de Israel, recientemente declaró en el parlamento que “estos planes persiguen evacuar a los beduinos Palestinos del área E-1”.

El Plan E-1 cubre una extensión de aproximadamente 3000 hectáreas que se extienden desde Jerusalén Este, al asentamiento ilegal israelí de Ma’ale Adumim. Incluye en sus diferentes fases el desarrollo de un circuito de carreteras y caminos, nuevas unidades habitacionales, instalaciones turísticas, servicios regionales y de comercio, un cementerio regional y más.

La implementación del Plan E-1 tendría graves consecuencias para la población palestina, exacerbaría el aislamiento de Jerusalén así como la continuidad geográfica entre el norte y el sur de Cisjordania. Tendría un grave impacto en la economía palestina y en su desarrollo social, pondría en riesgo la construcción de un Estado palestino y eliminaría la posibilidad de la “solución de los dos Estados” para palestinos e israelíes.

Declaramos que una vez más el gobierno israelí demuestra sus verdaderas intenciones políticas, imponiendo sus políticas discriminatorias y de segregación en contra de la población palestina. Una vez más, incurren en la violación del derecho internacional humanitario.
  • En coherencia con las Regulaciones de La Haya y la Cuarta Convención de Ginebra (GCIV), Israel como fuerza ocupante está obligado a proteger las viviendas de las personas protegidas —Israel está vinculado a la GCIV en lo relativo a la protección de civiles en tiempos de guerra, por ser un Estado signatario—.
  • En el Artículo 49, la GCIV estipula: “Los traslados en masa o individuales, así como las deportaciones de personas protegidas del territorio ocupado al territorio de la Potencia ocupante o al de cualquier otro país, ocupado o no, están prohibidos, sea cual fuere el motivo”.
  • El Artículo 53 establece: “Cualquier destrucción por la Potencia ocupante de bienes muebles o inmuebles, pertenecientes individual o colectivamente a personas particulares o al Estado, o a otras autoridades públicas, a organizaciones sociales o cooperativas, está prohibida, excepto cuando tales destrucciones sean absolutamente necesarias a causa de las operaciones militares”.

Ante la afirmación de Israel en cuanto a que la Cuarta Convención de Ginebra no aplica al Territorio Palestino Ocupado, la comunidad internacional ha manifestado su rechazo, incluidos el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional. La Convención de La Haya de 1907 hace un llamado a todos los Estados miembros a respetar, proteger y satisfacer el honor y los derechos de las familias, la vida de las personas, la propiedad privada así como las convicciones y prácticas religiosas.

Ante todo lo expuesto, exigimos al Estado de Israel:
  • Detener inmediata y permanentemente los planes de transferencia étnica forzosa de beduinos palestinos, incluyendo los planes maestros E-1 y Nuwei’mah y sus planes secundarios.
  • Desmantelar su sistema institucionalizado de discriminación en contra del pueblo palestino y eliminar todas las leyes discriminatorias.
  • Actuar en coherencia y respetar el derecho humanitario internacional, tratados bilaterales y multilaterales relacionados con el respeto y la garantía de los derechos humanos del pueblo palestino.
  • Cancelar todas las órdenes de desalojo y transferencia sobre la población beduina en la periferia de Jerusalén, el Valle del Jordán y toda el área C en Cisjordania y preservar la existencia de las comunidades beduinas y sus formas de vida.
  • Trasladar el poder y las responsabilidades relacionadas a la planificación territorial y urbanística en Cisjordania, incluyendo el área C, a la jurisdicción palestina de acuerdo con las leyes internacionales y permitir un sistema de planificación que incluya la participación comunitaria en todos los niveles del proceso de planificación.



Fuente: Centro de Asistencia Legal y Derechos Humanos JLAC